El artículo 1364 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que se debe iniciar la entrega de un legado, es decir, un bien que se deja a otra persona en un testamento. Si se conoce con certeza el día en que debe comenzar esta entrega, el encargado de hacerlo asume los derechos y obligaciones de un usufructuario respecto a ese bien.
El usufructuario es quien tiene el derecho de usar y disfrutar de un bien ajeno, mientras que el propietario conserva la titularidad del mismo. Esto implica que la persona que debe entregar el legado no solo tiene que hacerlo, sino que también debe cuidar y administrar el bien como lo haría un usufructuario hasta que se realice la entrega.
- El legado debe comenzar en un día seguro.
- El encargado del legado actúa como usufructuario.
- Se asumen derechos y obligaciones sobre el bien legando.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.