El artículo 1366 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un legado, es decir, una herencia o donación, debe entregarse en un día que se sabe con certeza que llegará. En este caso, la cosa o cantidad que se ha legado se entregará al legatario, quien es la persona que recibe el legado.
Una vez que se entrega el legado, el legatario se considera como usufructuario. Esto significa que tiene el derecho de usar y disfrutar de la cosa legada, pero no es el propietario pleno de ella. El usufructo implica que el legatario puede beneficiarse de la cosa, pero deberá devolverla o entregarla en las condiciones establecidas al final del periodo de usufructo.
- El legado se entrega en un día seguro.
- El legatario se convierte en usufructuario.
- El usufructo permite usar y disfrutar del legado.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.