Código federal

Artículo 1605 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1605.- Los parientes que se hallaren en el mismo grado, heredarán por partes iguales.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1605 del Código Civil Federal se refiere a la herencia entre parientes que están en el mismo grado de parentesco. Esto significa que cuando una persona fallece y deja bienes, los familiares que se encuentran en el mismo nivel de relación con el difunto compartirán esos bienes de manera equitativa.

  • Los parientes en el mismo grado son aquellos que tienen la misma cercanía familiar con el fallecido.
  • La herencia se distribuye en partes iguales entre ellos.
  • No se otorgan preferencias a unos sobre otros en este caso.

Este artículo asegura que la herencia sea justa entre los parientes cercanos, promoviendo la igualdad en la distribución de los bienes dejados por el fallecido.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1605 de Código Civil Federal?

Los parientes que se hallaren en el mismo grado, heredarán por partes iguales.

¿Está vigente el artículo 1605?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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