Código federal

Artículo 1653 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1653.- Pueden aceptar o repudiar la herencia todos los que tienen la libre disposición de sus bienes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1653 del Código Civil Federal establece que cualquier persona que tenga la capacidad de administrar sus propios bienes puede aceptar o rechazar una herencia. Esto significa que, si una persona es capaz de tomar decisiones sobre sus propiedades y recursos, tiene el derecho de decidir si quiere recibir lo que se le deja en una herencia o si prefiere renunciar a ella.

  • La aceptación de la herencia implica aceptar los bienes y derechos que se heredan.
  • El repudio de la herencia significa renunciar a lo que se hereda.
  • La capacidad de disposición de bienes es un requisito para tomar esta decisión.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1653 de Código Civil Federal?

El artículo 1653 del Código Civil Federal establece que cualquier persona que tenga la capacidad de administrar sus propios bienes puede aceptar o rechazar una herencia. Esto significa que, si una persona es capaz de tomar decisiones sobre sus propiedades y recursos, tiene el…

¿Está vigente el artículo 1653?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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