El artículo 1659 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un heredero muere sin haber tomado una decisión sobre la herencia que le corresponde. En este caso, el derecho de aceptar o rechazar esa herencia no se pierde, sino que se transmite a los sucesores del heredero fallecido.
Esto significa que, si una persona que es heredera muere sin haber aceptado o rechazado la herencia, sus herederos (es decir, quienes heredan de ella) pueden decidir si quieren aceptar o repudiar la herencia en su lugar.
- El heredero fallecido no toma una decisión sobre la herencia.
- El derecho de aceptar o repudiar se transmite a sus sucesores.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.