El artículo 1699 del Código Civil Federal se refiere a la figura del albacea, que es la persona encargada de cumplir con las disposiciones de un testamento. Si el albacea está presente en el momento en que se discute su posible excusa para no cumplir con su cargo, debe continuar desempeñando sus funciones. Esto implica que, a pesar de que se esté considerando su excusa, su obligación de actuar permanece vigente.
Además, se menciona que hay una pena establecida en el artículo 1696, que se aplicará si el albacea no cumple con su deber mientras se decide sobre su excusa. Esto resalta la importancia de la responsabilidad del albacea en el proceso sucesorio.
- El albacea debe actuar si está presente durante la discusión de su excusa.
- La obligación de desempeñar el cargo es continua hasta que se decida su excusa.
- Existen sanciones si no cumple con su deber en este contexto.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.