Código federal

Artículo 2009 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2009.- El heredero del deudor, apremiado por la totalidad de la obligación, puede pedir un término para hacer concurrir a sus coherederos, siempre que la deuda no sea de tal naturaleza que sólo pueda satisfacerse por el heredero demandado, el cual entonces puede ser condenado, dejando a salvo sus derechos de indemnización contra sus coherederos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2009 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un heredero se enfrenta a una deuda del fallecido. Si este heredero es presionado para pagar la totalidad de la deuda, tiene la opción de solicitar un plazo para reunir a los demás herederos. Esto es posible siempre y cuando la deuda no sea de un tipo que solo pueda ser pagada por el heredero que está siendo demandado.

Si la deuda es de esta naturaleza, el heredero demandado puede ser obligado a pagar, pero conserva el derecho de reclamar una indemnización a sus otros coherederos por la parte que les corresponde.

  • El heredero puede pedir tiempo para reunir a los demás herederos.
  • La solicitud de plazo depende del tipo de deuda.
  • Si solo el heredero demandado puede pagar, puede ser obligado a hacerlo.
  • El heredero demandado tiene derecho a indemnización contra sus coherederos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2009 de Código Civil Federal?

El heredero del deudor, apremiado por la totalidad de la obligación, puede pedir un término para hacer concurrir a sus coherederos, siempre que la deuda no sea de tal naturaleza que sólo pueda satisfacerse por el…

¿Está vigente el artículo 2009?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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