Código federal

Artículo 2053 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2053.- El acreedor que exonera al antiguo deudor, aceptando otro en su lugar, no puede repetir contra el primero, si el nuevo se encuentra insolvente, salvo convenio en contrario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2053 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un acreedor decide liberar a un deudor antiguo de su obligación, aceptando a un nuevo deudor en su lugar. En este caso, el acreedor no puede exigirle al primer deudor el pago de la deuda si el nuevo deudor no puede cumplir con su obligación, a menos que haya un acuerdo diferente que lo permita.

  • El acreedor exonera al antiguo deudor.
  • Acepta a un nuevo deudor.
  • No puede reclamar al antiguo deudor si el nuevo es insolvente.
  • Se puede establecer un acuerdo diferente que modifique esta situación.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2053 de Código Civil Federal?

El acreedor que exonera al antiguo deudor, aceptando otro en su lugar, no puede repetir contra el primero, si el nuevo se encuentra insolvente, salvo convenio en contrario.

¿Está vigente el artículo 2053?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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