Código federal

Artículo 2057 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2057.- Cuando se declara nula la sustitución de deudor, la antigua deuda renace con todos sus accesorios; pero con la reserva de derechos que pertenecen a tercero de buena fe.

CAPITULO III De la Subrogación

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La nulidad de la sustitución de deudor implica que la deuda original vuelve a estar vigente, incluyendo todos los derechos y obligaciones que le corresponden. Esto significa que, si se anula la sustitución, el deudor original retoma su responsabilidad sobre la deuda. Sin embargo, esta situación se da considerando que los derechos de terceros que actuaron de buena fe se respetan.

  • La deuda original se restablece al declararse nula la sustitución.
  • Se incluyen todos los accesorios de la deuda.
  • Se protegen los derechos de terceros que actuaron de buena fe.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2057 de Código Civil Federal?

Cuando se declara nula la sustitución de deudor, la antigua deuda renace con todos sus accesorios; pero con la reserva de derechos que pertenecen a tercero de buena fe. CAPITULO III De la Subrogación

¿Está vigente el artículo 2057?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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