Código federal

Artículo 2161 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2161.- El adquirente de la cosa remitida de otro lugar que alegare que tiene vicios redhibitorios, si se trata de cosas que rápidamente se descomponen, tiene obligación de avisar inmediatamente al enajenante, que no recibe la cosa; si no lo hace, será responsable de los daños y perjuicios que su omisión ocasione.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2161 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que una persona adquiere un bien que ha sido enviado desde otro lugar y presenta defectos ocultos, conocidos como vicios redhibitorios. En el caso de bienes que se descomponen rápidamente, el comprador tiene la obligación de informar de inmediato al vendedor sobre estos problemas.

Si el comprador no notifica al vendedor sobre los vicios, será responsable de los daños que esta falta de aviso pueda causar. Esto implica que es fundamental actuar con prontitud para evitar consecuencias negativas.

  • El comprador debe avisar al vendedor sobre vicios redhibitorios.
  • La obligación de aviso es inmediata para bienes que se descomponen rápidamente.
  • La falta de aviso puede generar responsabilidad por daños.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2161 de Código Civil Federal?

El adquirente de la cosa remitida de otro lugar que alegare que tiene vicios redhibitorios, si se trata de cosas que rápidamente se descomponen, tiene obligación de avisar inmediatamente al enajenante, que no recibe la…

¿Está vigente el artículo 2161?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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