Código federal

Artículo 223 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 223.- Para calcular si es inoficiosa una donación antenupcial, tienen el esposo donatario y sus herederos la facultad de elegir la época en que se hizo la donación o la del fallecimiento del donador.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 223 del Código Civil Federal se refiere a las donaciones que se realizan antes del matrimonio, conocidas como donaciones antenupciales. Este artículo establece que el esposo que recibe la donación, así como sus herederos, tienen la opción de elegir el momento en que se realizó la donación o el momento del fallecimiento del donador para determinar si dicha donación es considerada inoficiosa.

Una donación se considera inoficiosa cuando excede ciertos límites establecidos por la ley, lo que puede afectar a los herederos del donador. La elección del momento es importante porque puede influir en la validez de la donación y en los derechos de los herederos.

  • Se refiere a donaciones realizadas antes del matrimonio.
  • El esposo donatario y sus herederos pueden elegir el momento de la donación o del fallecimiento.
  • La elección afecta la consideración de la donación como inoficiosa.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 223 de Código Civil Federal?

Para calcular si es inoficiosa una donación antenupcial, tienen el esposo donatario y sus herederos la facultad de elegir la época en que se hizo la donación o la del fallecimiento del donador.

¿Está vigente el artículo 223?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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