Código federal

Artículo 2634 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2634.- Recibida y aprobada la obra por el que la encargó, el empresario es responsable de los defectos que después aparezcan y que procedan de vicios en su construcción y hechura, mala calidad de los materiales empleados o vicios del suelo en que se fabricó; a no ser que por disposición expresa del dueño se hayan empleado materiales defectuosos, después que el empresario le haya dado a conocer sus defectos, o que se haya edificado en terreno inapropiado elegido por el dueño, a pesar de las observaciones del empresario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2634 del Código Civil Federal establece la responsabilidad del empresario en relación con la obra que ha realizado. Una vez que el dueño aprueba la obra, el empresario es responsable de cualquier defecto que surja posteriormente, siempre que estos defectos sean consecuencia de problemas en la construcción, la calidad de los materiales o el terreno donde se realizó la obra.

Sin embargo, hay excepciones a esta responsabilidad. Si el dueño ha decidido utilizar materiales defectuosos, después de que el empresario le haya informado sobre sus problemas, o si ha elegido un terreno inadecuado a pesar de las advertencias del empresario, entonces este último no será responsable por los defectos que aparezcan.

  • Responsabilidad del empresario por defectos en la obra.
  • Excepciones: materiales defectuosos elegidos por el dueño.
  • Excepciones: terreno inapropiado elegido por el dueño.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2634 de Código Civil Federal?

Recibida y aprobada la obra por el que la encargó, el empresario es responsable de los defectos que después aparezcan y que procedan de vicios en su construcción y hechura, mala calidad de los materiales empleados o…

¿Está vigente el artículo 2634?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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