Código federal

Artículo 283 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 283.- La sentencia de divorcio fijará en definitiva la situación de los hijos, para lo cual el juez deberá resolver todo lo relativo a los derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad, su pérdida, suspensión o limitación, según el caso, y en especial a la custodia y al cuidado de los hijos. De oficio o a petición de parte interesada durante el procedimiento, se allegará de los elementos necesarios para ello, debiendo escuchar a ambos progenitores y a los menores, para evitar conductas de violencia familiar o cualquier otra circunstancia que amerite la necesidad de la medida, considerando el interés superior de estos últimos. En todo caso protegerá y hará respetar el derecho de convivencia con los padres, salvo que exista peligro para el menor.

La protección para los menores incluirá las medidas de seguridad, seguimiento y terapias necesarias para evitar y corregir los actos de violencia familiar, las cuales podrán ser suspendidas o modificadas en los términos previstos por el artículo 94 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

Artículo reformado DOF 27-12-1983, 30-12-1997

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La sentencia de divorcio aborda la situación de los hijos, determinando los derechos y obligaciones relacionados con la patria potestad. El juez debe decidir sobre la custodia y el cuidado de los menores, considerando siempre su interés superior. Para ello, puede recabar información de manera oficial o a solicitud de las partes involucradas, y debe escuchar a ambos padres y a los hijos.

Es importante que se tomen en cuenta las circunstancias que puedan implicar violencia familiar. La sentencia también debe garantizar el derecho de convivencia con los padres, a menos que haya un riesgo para el menor. Además, se contemplan medidas de seguridad y apoyo, como seguimiento y terapias, para prevenir y corregir situaciones de violencia familiar.

  • El juez decide sobre la patria potestad y custodia.
  • Se considera el interés superior de los hijos.
  • Se protege el derecho de convivencia, salvo riesgo para el menor.
  • Se pueden implementar medidas de seguridad y terapias.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 283 de Código Civil Federal?

La sentencia de divorcio fijará en definitiva la situación de los hijos, para lo cual el juez deberá resolver todo lo relativo a los derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad, su pérdida, suspensión o…

¿Está vigente el artículo 283?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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