Código federal

Artículo 2913 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2913.- Cuando una finca hipotecada susceptible de ser fraccionada convenientemente se divida, se repartirá equitativamente el gravamen hipotecario entre las fracciones. Al efecto, se pondrán de acuerdo el dueño de la finca y el acreedor hipotecario; y si no consiguiere ese acuerdo, la distribución del gravamen se hará por decisión judicial, previa audiencia de peritos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2913 del Código Civil Federal se refiere a lo que sucede cuando una propiedad hipotecada se divide en varias partes. En este caso, el gravamen hipotecario, que es la carga que pesa sobre la propiedad, se repartirá de manera equitativa entre las nuevas fracciones de la finca.

Para llevar a cabo esta distribución, el propietario de la finca y el acreedor hipotecario deben llegar a un acuerdo. Si no logran hacerlo, la decisión sobre cómo se repartirá el gravamen se tomará a través de un proceso judicial, en el cual se escuchará la opinión de peritos.

  • La finca hipotecada puede ser dividida en fracciones.
  • El gravamen se reparte equitativamente entre las fracciones.
  • Se requiere acuerdo entre el dueño y el acreedor.
  • Si no hay acuerdo, se decide en un juicio con peritos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2913 de Código Civil Federal?

Cuando una finca hipotecada susceptible de ser fraccionada convenientemente se divida, se repartirá equitativamente el gravamen hipotecario entre las fracciones. Al efecto, se pondrán de acuerdo el dueño de la finca y…

¿Está vigente el artículo 2913?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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