El artículo 2918 del Código Civil Federal establece que la acción hipotecaria tiene un plazo de prescripción de diez años. Esto significa que, si no se ejerce el derecho relacionado con la hipoteca en ese tiempo, se pierde la posibilidad de hacerlo.
El conteo de estos diez años inicia desde el momento en que se puede ejercer el derecho según lo que indique el título que está inscrito. Es importante tener en cuenta este plazo para evitar la pérdida de derechos relacionados con la hipoteca.
- La acción hipotecaria prescribe en diez años.
- El conteo comienza cuando se puede ejercer el derecho.
- Se basa en el título inscrito correspondiente.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.