El artículo 2980 del Código Civil Federal se refiere a la prioridad en el pago de deudas fiscales, específicamente aquellas que provienen de impuestos. Este artículo establece que, en primer lugar, se deben liquidar estas deudas utilizando el valor de los bienes que generaron dichas obligaciones fiscales.
- Los adeudos fiscales son deudas relacionadas con impuestos.
- Se debe usar el valor de los bienes que causaron el impuesto para su pago.
- Esto implica que los bienes en cuestión tienen un papel importante en la liquidación de las deudas fiscales.
En resumen, este artículo establece un orden de preferencia para el pago de impuestos, priorizando el uso de los bienes que originaron dichos impuestos.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.