El artículo 439 del Código Civil Federal establece que quienes ejercen la patria potestad, es decir, los padres o tutores de un menor, tienen la responsabilidad de rendir cuentas sobre cómo administran los bienes que pertenecen a sus hijos. Esto implica que deben informar y justificar el uso y manejo de esos bienes, asegurando que se actúe en el mejor interés del menor.
- La patria potestad se refiere a los derechos y deberes de los padres sobre sus hijos.
- Los administradores deben ser transparentes en la gestión de los bienes.
- La rendición de cuentas es un mecanismo de protección para los intereses del menor.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.