El artículo 506 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no está en vigor y no tiene efectos legales. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía ya no son aplicables y, por lo tanto, no se pueden invocar en ningún procedimiento legal.
La derogación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de julio de 1992. Esto indica que, desde esa fecha, el contenido de este artículo ha dejado de ser parte de la legislación vigente.
- El artículo 506 ya no es aplicable.
- La derogación fue oficializada en 1992.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.