¿Qué establece el artículo 507 de Código Civil Federal?
El artículo 507 del Código Civil Federal establece que el Ministerio Público y los parientes del pupilo tienen la facultad de solicitar la separación de los tutores en ciertas situaciones. Estas situaciones específicas están detalladas en el artículo 504, que menciona los casos…
¿Está vigente el artículo 507?
El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?
Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.