Código federal

Artículo 524 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 524.- Siempre que el tutor sea también coheredero del incapaz, y éste no tenga más bienes que los hereditarios, no se podrá exigir al tutor otra garantía que la de su misma porción hereditaria a no ser que esta porción no iguale a la mitad de la porción del incapaz, pues en tal caso se integrará la garantía con bienes propios del tutor o con fianza.

Fe de erratas al artículo DOF 13-06-1928, 21-12-1928

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 524 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un tutor también es coheredero de una persona incapaz. En este contexto, si la única herencia que tiene el incapaz son los bienes heredados, el tutor no necesita proporcionar una garantía adicional, salvo en ciertas condiciones.

Si la parte de herencia que le corresponde al tutor es igual o mayor a la mitad de la herencia del incapaz, no se requiere más garantía. Sin embargo, si la porción del tutor es menor a la mitad de la del incapaz, entonces el tutor deberá complementar la garantía con sus propios bienes o mediante una fianza.

  • El tutor puede ser coheredero del incapaz.
  • No se exige garantía adicional si la herencia del tutor es suficiente.
  • Si la porción del tutor es menor a la mitad, se necesita una garantía adicional.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 524 de Código Civil Federal?

Siempre que el tutor sea también coheredero del incapaz, y éste no tenga más bienes que los hereditarios, no se podrá exigir al tutor otra garantía que la de su misma porción hereditaria a no ser que esta porción no…

¿Está vigente el artículo 524?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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