El artículo 682 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que hay varios herederos de una herencia y los bienes que forman parte de esta pueden ser divididos de manera sencilla. En este caso, cada heredero tiene el derecho de administrar la parte de los bienes que le corresponde.
- Varios herederos pueden existir en una herencia.
- Los bienes deben ser divisibles de manera cómoda.
- Cada heredero administra su respectiva parte.
Esto significa que no es necesario esperar a que todos los herederos se pongan de acuerdo para gestionar los bienes, ya que cada uno puede hacerlo de forma independiente, siempre y cuando la división de los bienes sea práctica.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.