Código federal

Artículo 733 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 733.- Cuando el valor de los bienes afectos al patrimonio de la familia sea inferior al máximo fijado en el artículo 730, podrá ampliarse el patrimonio hasta llegar a ese valor. La ampliación se sujetará al mismo procedimiento que para la constitución fije el Código de la materia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 733 del Código Civil Federal se refiere a la posibilidad de aumentar el patrimonio de la familia cuando el valor de los bienes que lo componen es menor al límite establecido en el artículo 730. Esto significa que si los bienes no alcanzan el valor máximo permitido, se puede realizar una ampliación del patrimonio familiar.

La ampliación debe seguir el mismo procedimiento que se utiliza para la creación del patrimonio familiar, según lo que establece el Código de la materia. Esto garantiza que el proceso sea claro y se realice de manera adecuada.

  • Se puede aumentar el patrimonio familiar si su valor es inferior al máximo permitido.
  • La ampliación se realiza siguiendo el mismo procedimiento que para la constitución del patrimonio.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 733 de Código Civil Federal?

El artículo 733 del Código Civil Federal se refiere a la posibilidad de aumentar el patrimonio de la familia cuando el valor de los bienes que lo componen es menor al límite establecido en el artículo 730. Esto significa que si los bienes no alcanzan el valor máximo permitido,…

¿Está vigente el artículo 733?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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