El artículo 815 del Código Civil Federal se refiere a las mejoras voluntarias realizadas en un bien. Estas mejoras son aquellas que se hacen sin obligación y que pueden aumentar el valor del bien. Sin embargo, el artículo aclara que estas mejoras no se pueden considerar como un abono o compensación para ningún poseedor del bien.
Además, se menciona que el poseedor de buena fe tiene derecho a retirar las mejoras que haya realizado, siguiendo lo que se establece en el artículo 810, fracción III. Esto significa que, aunque no se le reconozcan las mejoras, si la persona que las hizo actuó de buena fe, puede recuperarlas.
- Las mejoras voluntarias no son abonables a poseedores.
- El poseedor de buena fe puede retirar mejoras.
- Se debe seguir lo dispuesto en el artículo 810, fracción III.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.