Código federal

Artículo 906 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 906.- Si los materiales, plantas o semillas pertenecen a un tercero que no ha procedido de mala fe, el dueño del terreno es responsable subsidiariamente del valor de aquellos objetos, siempre que concurran las dos circunstancias siguientes:

I. Que el que de mala fe empleó materiales, plantas o semillas, no tenga bienes con qué responder de su valor;

II. Que lo edificado, plantado o sembrado aproveche al dueño.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 906 del Código Civil Federal establece la responsabilidad del dueño de un terreno en relación con materiales, plantas o semillas que pertenecen a un tercero. Esta responsabilidad es subsidiaria, lo que significa que el dueño solo responde si se cumplen ciertas condiciones.

  • Los materiales, plantas o semillas deben pertenecer a alguien que no actuó de mala fe.
  • El responsable de usar esos materiales de mala fe no debe tener bienes suficientes para cubrir su valor.
  • Lo que se construyó, plantó o sembró debe beneficiar al dueño del terreno.

Si se dan estas circunstancias, el dueño del terreno puede ser responsable del valor de los objetos utilizados sin autorización.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 906 de Código Civil Federal?

Si los materiales, plantas o semillas pertenecen a un tercero que no ha procedido de mala fe, el dueño del terreno es responsable subsidiariamente del valor de aquellos objetos, siempre que concurran las dos…

¿Está vigente el artículo 906?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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