Artículo 2083 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 2083. La simulación absoluta origina la inexistencia del negocio, y, en consecuencia, lo priva totalmente de efectos jurídicos. De ella puede prevalerse todo interesado y no desaparece por la prescripción, ni por la confirmación del negocio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.