Artículo 2154 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 2154. La ilicitud en el objeto, en el motivo o fin, o en la condición del negocio jurídico, produce la nulidad absoluta de éste; salvo que la ley establezca que dicha nulidad sea relativa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.