Artículo 3514 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 3514. La aportación de bienes por los socios a la sociedad implica la transmisión de su dominio a ésta, salvo que expresamente se pacte lo contrario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.