Código Civil estatal

Artículo 2733 de Código Civil para el Estado de Oaxaca

Código Civil para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2733.- Para otorgar la fianza legal o judicial por más de ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, se presentará un certificado expedido por el encargado del Instituto de la Función Registral a fin de demostrar que el fiador tiene bienes raíces suficientes y libres de todo gravamen para responder del cumplimiento de la obligación que garantice.

(REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], P.O. 16 DE JUNIO DE 2018)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2733 de Código Civil para el Estado de Oaxaca?

Para otorgar la fianza legal o judicial por más de ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, se presentará un certificado expedido por el encargado del Instituto de la…

¿Está vigente el artículo 2733?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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