Artículo 1189 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1189.- La constitución del patrimonio no transmite la propiedad de los bienes que lo constituyen a los miembros de la familia beneficiaria y éstos sólo tienen derecho a disfrutar esos bienes según lo dispone este título.
(REFORMADO, P.O. 31 DE MAYO DE 2023)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.