Artículo 2904 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2904.- Mandato irrevocable Puede pactarse que el mandato sea irrevocable y en ese caso no puede el mandatario renunciar a él.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.