Artículo 493 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 493.- A quien corresponde La tutela legítima corresponde:
I.- A los hermanos y hermanas; y II.- Por falta o incapacidad de los hermanos, a los tíos, hermanos y hermanas del padre o de la madre.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.