Artículo 172 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas
Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 172.- La simple declaración de los cónyuges, ya ante el Oficial del Registro Civil, ya en la capitulación respectiva, según sea el caso, constituye la sociedad legal.
También se entenderá constituida cuando los cónyuges sean omisos respecto al régimen que quieran adoptar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.