Artículo 3099 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3099.- En los supuestos del artículo anterior, la herencia pertenece a los herederos legítimos del testador, salvo que hubiere derecho de acrecer.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.