Artículo 731 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 731.- Al compromiso en árbitros de los negocios del incapaz, son aplicables las siguientes disposiciones:
I.- Se requiere licencia judicial para que el tutor pueda comprometer en árbitros los negocios del incapaz;
II.- Unicamente con aprobación judicial nombrará el tutor a los árbitros.
(REFORMADO, P.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.