Artículo 1189 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1189.- Posesión pacífica es la que se adquiere sin violencia.
Si la posesión se adquirió con violencia sólo comenzará la posesión útil cuando medie una causa legal posterior para adquirir la misma posesión pacíficamente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.