El artículo 1006 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que este ha sido eliminado del cuerpo normativo y, por lo tanto, no se aplica en la práctica. La fecha de su derogación fue el 20 de abril de 1943, lo que indica que este artículo dejó de tener efecto hace varias décadas.
- El artículo ya no es parte de la ley vigente.
- Su derogación se formalizó en un documento oficial.
- No se puede invocar ni aplicar en ningún caso.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.