Código federal

Artículo 1177 de Código de Comercio

Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1177.- Las providencias precautorias establecidas por este Código podrán decretarse, tanto como actos prejudiciales, como después de iniciado cualquiera de los juicios previstos en el mismo. En el primero de los casos, la providencia se decretará de plano, sin citar a la persona contra quien ésta se pida, una vez cubiertos los requisitos previstos en este ordenamiento. En el segundo caso, la providencia se sustanciará en incidente, por cuerda separada, y conocerá de ella el juez o tribunal que al ser presentada la solicitud esté conociendo del negocio.

Artículo reformado DOF 10-01-2014

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1177 del Código de Comercio se refiere a las providencias precautorias, que son medidas que se pueden tomar para proteger derechos o bienes en situaciones legales. Estas medidas pueden ser solicitadas antes de iniciar un juicio o después de que ya ha comenzado.

En el caso de solicitar una providencia antes de un juicio, se puede hacer de manera rápida y sin necesidad de avisar a la persona afectada, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Si la solicitud se presenta después de que se ha iniciado un juicio, se tramitará como un incidente, es decir, se tratará por separado y el juez que esté a cargo del caso será quien decida sobre la solicitud.

  • Las providencias precautorias pueden ser solicitadas antes o después de un juicio.
  • Antes del juicio, se decretan sin avisar a la persona afectada.
  • Después del inicio del juicio, se manejan como un incidente.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1177 de Código de Comercio?

Las providencias precautorias establecidas por este Código podrán decretarse, tanto como actos prejudiciales, como después de iniciado cualquiera de los juicios previstos en el mismo. En el primero de los casos, la…

¿Está vigente el artículo 1177?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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