La confesión, según el Código de Comercio, se puede clasificar en dos tipos: judicial y extrajudicial. Esta distinción es importante porque cada tipo de confesión tiene un contexto y un procedimiento diferente.
- Confesión judicial: Ocurre dentro de un proceso legal, donde una persona admite un hecho ante un juez o autoridad competente.
- Confesión extrajudicial: Se da fuera de un proceso judicial, es decir, en situaciones donde no hay un juicio en curso, pero la persona aún admite un hecho relevante.
Ambas formas de confesión pueden tener implicaciones legales, dependiendo del contexto en el que se realicen.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.