El artículo 1245 del Código de Comercio se refiere a la validez de los documentos privados. Este artículo establece que solo ciertas personas pueden reconocer la firma de un documento privado. Estas personas son:
- El individuo que firma el documento.
- La persona que solicita que se extienda el documento.
- El representante legítimo de cualquiera de las dos anteriores, siempre que tenga un poder o cláusula especial que lo autorice.
Esto significa que, para que un documento privado tenga validez y sea reconocido, debe ser firmado o autorizado por estas personas específicas. Esto asegura que solo quienes tienen la autoridad adecuada puedan validar el contenido del documento.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.