Código federal

Artículo 1249 de Código de Comercio

Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1249. Los documentos que fueren transmitidos internacionalmente, por conducto oficial, para surtir efectos legales, no requerirán de legalización.

Tampoco requerirán de legalización, los documentos públicos extranjeros, cuando se tenga celebrado tratado o acuerdo interinstitucional con el país de que provengan, y se exima de dicha legalización.

Párrafo adicionado DOF 24-05-1996 Artículo reformado DOF 04-01-1989

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1249 del Código de Comercio se refiere a la transmisión de documentos a nivel internacional. Establece que los documentos que se envían oficialmente para tener efectos legales no necesitan ser legalizados. Esto significa que no es necesario realizar un proceso adicional para validar su autenticidad ante las autoridades.

Además, si existen tratados o acuerdos entre México y el país de origen de los documentos, estos tampoco requerirán legalización. Esto facilita el intercambio de documentos legales entre naciones que han acordado simplificar este proceso.

  • No se requiere legalización para documentos transmitidos oficialmente.
  • Documentos públicos extranjeros quedan exentos si hay un tratado que lo estipule.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1249 de Código de Comercio?

Los documentos que fueren transmitidos internacionalmente, por conducto oficial, para surtir efectos legales, no requerirán de legalización. Tampoco requerirán de legalización, los documentos públicos extranjeros,…

¿Está vigente el artículo 1249?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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