El artículo 1356 del Código de Comercio se refiere a las resoluciones que se toman en los incidentes dentro de un juicio. Estas resoluciones pueden ser apeladas, lo que significa que una de las partes puede solicitar que se revise la decisión por un tribunal superior.
Existen dos tipos de efectos para estas apelaciones:
- Efecto devolutivo: Es el efecto general que se aplica, permitiendo que el juicio continúe mientras se revisa la resolución.
- Efecto suspensivo: Se aplica en casos donde la resolución paraliza o termina el juicio, haciendo imposible su continuación. En esta situación, la apelación detiene el proceso hasta que se resuelva la apelación.
Este artículo busca garantizar que las partes tengan la oportunidad de impugnar decisiones sin interrumpir el juicio, a menos que sea necesario detenerlo por la naturaleza de la resolución.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.