El artículo 1369 del Código de Comercio se refiere a una situación específica en el contexto de un juicio de tercería. Este tipo de juicio ocurre cuando una persona, que no es parte original del conflicto, reclama un derecho sobre los bienes que están siendo objeto de un juicio.
En este caso, si la persona que está siendo ejecutada (el ejecutado) acepta la reclamación del tercer opositor, el juicio se centrará únicamente en la disputa entre el tercer opositor y el ejecutante, que es quien inició el juicio. Esto significa que la controversia se limita a estas dos partes, dejando de lado al ejecutado en ese momento.
- El ejecutado acepta la reclamación del tercer opositor.
- Se continúa el juicio solo entre el tercer opositor y el ejecutante.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.