Código federal

Artículo 1374 de Código de Comercio

Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1374.- Si la tercería fuere de preferencia, seguirán los procedimientos del juicio principal en que se interponga, hasta la realización de los bienes embargados, suspendiéndose el pago, que se hará, definida la tercería, al acreedor que tenga mejor derecho. Entretanto se decida ésta, se depositará el precio de la venta.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1374 del Código de Comercio se refiere a la tercería de preferencia, que es un procedimiento legal en el que una tercera persona reclama derechos sobre bienes que están en un juicio. Este artículo establece que, si se presenta una tercería de preferencia, se seguirán los mismos procedimientos del juicio principal hasta que se realicen los bienes que han sido embargados.

Durante este proceso, el pago correspondiente se suspenderá y se realizará una vez que se haya decidido quién tiene el mejor derecho sobre esos bienes. Mientras se toma esta decisión, el precio de la venta de los bienes embargados se deberá depositar.

  • Se siguen los procedimientos del juicio principal.
  • El pago se suspende hasta definir la tercería.
  • El pago se hará al acreedor con mejor derecho.
  • Se debe depositar el precio de la venta mientras se decide.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1374 de Código de Comercio?

Si la tercería fuere de preferencia, seguirán los procedimientos del juicio principal en que se interponga, hasta la realización de los bienes embargados, suspendiéndose el pago, que se hará, definida la tercería, al…

¿Está vigente el artículo 1374?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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