Código federal

Artículo 1459 de Código de Comercio

Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1459.- El juez, cuando se le solicite la anulación de un laudo, podrá suspender las actuaciones de nulidad, cuando corresponda y así lo solicite una de las partes, por el plazo que determine a fin de dar al tribunal arbitral la oportunidad de reanudar las actuaciones arbitrales o de adoptar cualquier otra medida que a juicio del tribunal arbitral elimine los motivos para la petición de la nulidad.

Artículo derogado DOF 20-04-1943. Adicionado DOF 22-07-1993

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1459 del Código de Comercio se refiere a la posibilidad de que un juez suspenda las actuaciones relacionadas con la anulación de un laudo arbitral. Esta suspensión puede ocurrir si una de las partes lo solicita y el juez lo considera pertinente.

El propósito de esta suspensión es permitir que el tribunal arbitral tenga la oportunidad de reanudar sus actividades o tomar medidas que puedan resolver los motivos que llevaron a solicitar la nulidad del laudo.

  • El juez puede suspender las actuaciones de nulidad.
  • La suspensión se da a solicitud de una de las partes.
  • Se busca que el tribunal arbitral elimine los motivos de nulidad.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1459 de Código de Comercio?

El juez, cuando se le solicite la anulación de un laudo, podrá suspender las actuaciones de nulidad, cuando corresponda y así lo solicite una de las partes, por el plazo que determine a fin de dar al tribunal arbitral…

¿Está vigente el artículo 1459?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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