Código federal

Artículo 293 de Código de Comercio

Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 293.- El comisionista que habiendo recibido fondos para evacuar un encargo, les diere distinta inversión, sin perjuicio de la acción criminal a que hubiere lugar y de la indemnización de daños y perjuicios, abonará al comitente el capital y su interés legal desde el día en que lo recibió.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 293 del Código de Comercio se refiere a la responsabilidad del comisionista cuando recibe fondos para cumplir con un encargo. Si el comisionista decide invertir esos fondos de manera diferente a lo acordado, incurre en una falta que puede tener consecuencias legales y económicas.

En este caso, el comisionista debe devolver al comitente el capital que recibió, además de pagar el interés legal correspondiente desde el momento en que recibió el dinero. Esto implica que, además de la posible acción penal, el comisionista es responsable de indemnizar al comitente por los daños y perjuicios que su decisión haya causado.

  • El comisionista debe devolver el capital recibido.
  • Se debe pagar el interés legal desde el día de la recepción de los fondos.
  • Puede haber consecuencias legales adicionales por la mala inversión.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 293 de Código de Comercio?

El comisionista que habiendo recibido fondos para evacuar un encargo, les diere distinta inversión, sin perjuicio de la acción criminal a que hubiere lugar y de la indemnización de daños y perjuicios, abonará al…

¿Está vigente el artículo 293?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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