Código federal

Artículo 323 de Código de Comercio

Código de Comercio · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 323.- Los dependientes viajantes autorizados con cartas ú otros documentos para gestionar negocios, o hacer operaciones de tráfico, obligarán a su principal dentro de las atribuciones expresadas en los documentos que los autoricen.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 323 del Código de Comercio se refiere a los dependientes viajantes, quienes son personas autorizadas para representar a un negocio en la gestión de operaciones comerciales. Estos dependientes deben contar con cartas u otros documentos que les otorguen la facultad para actuar en nombre de su principal, es decir, la persona o empresa que los contrata.

Las acciones que realicen estos dependientes son vinculantes para su principal, siempre que se mantengan dentro de los límites establecidos en los documentos que los autorizan. Esto significa que cualquier negocio o operación que realicen, siempre y cuando esté dentro de lo que se les ha permitido, tendrá efectos legales para la empresa que representan.

  • Los dependientes viajantes actúan en nombre de un principal.
  • Necesitan documentos que los autoricen a gestionar negocios.
  • Sus acciones obligan a su principal si están dentro de lo autorizado.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 323 de Código de Comercio?

Los dependientes viajantes autorizados con cartas ú otros documentos para gestionar negocios, o hacer operaciones de tráfico, obligarán a su principal dentro de las atribuciones expresadas en los documentos que los…

¿Está vigente el artículo 323?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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