El artículo 60 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el ordenamiento jurídico mexicano. Esta derogación se formalizó en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1992, lo que implica que cualquier disposición que contenía este artículo ya no se considera vigente.
Es importante tener en cuenta que la derogación de un artículo puede ser parte de un proceso de actualización o reforma de la ley, buscando adaptarla a nuevas realidades o necesidades del comercio. En este caso, el artículo había sido reformado anteriormente el 27 de enero de 1970, pero finalmente fue eliminado.
- El artículo 60 fue derogado y ya no es aplicable.
- La derogación se publicó el 29 de diciembre de 1992.
- El artículo había sido reformado en 1970 antes de su derogación.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.