Artículo 244 de Código de Familia para el Estado de Yucatán
Código de Familia para el Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 244. La investigación de la paternidad y de la maternidad se demuestra a través de las pruebas biológicas.
Indicios de filiación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.