Artículo 726 de Código de Familia para el Estado de Yucatán
Código de Familia para el Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 726. Son nulas la renuncia del derecho de testar y la cláusula en que alguno se obligue a no usar de ese derecho, sean éstas de la clase que fueren, así como la renuncia a la facultad de revocar el testamento.
Efectos de la revocación del testamento
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.