Artículo 123 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Consejo Distrital funciona en forma colegiada, mediante la celebración de sesiones públicas de carácter ordinario o extraordinario, convocadas por escrito, por la Consejera o el Consejero Presidente Distrital.
El Consejo Distrital asume sus determinaciones por mayoría de votos. En caso de empate el Consejero Presidente Distrital tiene voto de calidad.
La operación y funcionamiento de los Consejos Distritales se sujetará a las disposiciones de este Código y las contenidas en el Reglamento que expida el Consejo General.
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Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.